¿Cuándo se pierde el beneficio?

Publicado por Willian en

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Perderán las prestaciones quienes:
  • No acudan a los servicios de colocación ofrecidos por el Servicio Público de Empleo en las condiciones establecidas.
  • Incumplan, sin causa justificada, con los trámites exigidos por el Servicio Público de Empleo y con los requisitos para participar en el proceso de selección por parte de los empleadores a los que hayan sido remitidos por este;
  • Rechacen, sin causa justificada, la ocupación que le ofrezca el Servicio Público de Empleo, siempre y cuando ella le permita ganar una remuneración igual o superior al 80% de la última devengada y no se deterioren las condiciones del empleo anterior. Entiéndase por deterioro en las condiciones del empleo solamente las circunstancias de demérito en relación con el domicilio del trabajo y la relación de la nueva labor con el perfil ocupacional del postulante, lo cual debe ser justificado por este y validado por la caja de compensación familiar;
  • Descarten o no culminen el proceso de formación para adecuar sus competencias básicas y laborales específicas, al cual se hayan inscrito conforme la ruta de empleabilidad, excepto en casos de fuerza mayor.
  • Asistan a menos del ochenta por ciento (80%) de las horas de capacitación definidas en la ruta de empleabilidad;
  • Perciban efectivamente una pensión de vejez, invalidez o sobrevivientes;
  • Obtengan una fuente directa de ingresos o realicen una actividad remunerada;
  • Renuncien voluntariamente a las prestaciones económicas.
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