¿Durante los períodos de incapacidad hay lugar al pago del Subsidio Familiar?
Durante los períodos de incapacidad por motivo de enfermedad no profesional, maternidad, accidente de trabajo y enfermedad profesional, el trabajador beneficiario tiene derecho a seguir recibiendo el Subsidio Familiar.
La incapacidad se acredita con el certificado expedido por la correspondiente E.P.S.
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