COMUNICADO DE PRENSA
Ibagué, 26 de febrero de 2015
DIRECTOR COMFATOLIMA INFORMA A LA OPINIÓN PÚBLICA
El Director Administrativo de la Caja de Compensación Familiar del Tolima COMFATOLIMA, Nelson Norbey Quintero Melo, se permite informar a la opinión pública que:
- De acuerdo a la Ley 21 de 1982 y Decreto 827 de 2003, las tarifas de los servicios, incluidos los colegios de las cajas de compensación familiar, se establecen de acuerdo con la categoría del trabajador afiliado, es decir, a la que pertenezcan los padres del estudiante (A, B, C y D que corresponde a particular).
- Así y conforme al convenio suscrito entre la Caja de Compensación Familiar del Tolima, COMFATOLIMA y Comfenalco Tolima, se estableció un número de estudiantes para cobrar la misma tarifa que tenga en el colegio de la caja de compensación familiar a la cual están afiliados, conforme a la cantidad de cupos que exista en cada colegio.
- Por lo anterior, la Caja de Compensación Familiar del Tolima, COMFATOLIMA solicitó a Comfenalco Tolima que para poder mantener el convenio, se debe conservar el número de estudiantes acordado, solicitud que está en estudio por parte de Comfenalco Tolima.
- Así, el incumplimiento a lo acordado, daría por terminado el convenio entre las dos cajas de compensación y por ende, tanto los hijos de los trabajadores de los afiliados a la Caja de Compensación Familiar del Tolima, COMFATOLIMA como los de Comfenalco Tolima, tendrían que pagar la tarifa de particular.
Comunicaciones COMFATOLIMA