El aporte será del dos por ciento (2%) sobre el ingreso base de cotización en pesos, declarado en la carta de solicitud. Dicho valor no debe ser inferior equivalente a 2 salarios mínimos mensuales legales vigentes colombianos.
A través de la planilla integrada de liquidación de aportes de preferencia, conforme a los parámetros adoptados por el Ministerio de Salud y Ministerio de Trabajo.